

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
El Control de Convencionalidad definido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos obliga a los Estados Partes a dar cumplimientos a las normas establecidas en la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual debe prevalecer en nuestro orden interno, so pena de que en caso de desconocer los derechos consagrados en la misma, se pueda acudir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a solicitar su cumplimiento y las reparaciones a que haya lugar, así como a solicitar medidas cautelares de protección en caso de ser necesario. La defensa de nuestros clientes implica acudir ante estas instancias internacionales en caso de ser necesario para la protección de sus derechos
Enfoque
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Petición por violación de derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969
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Petición por violación de derechos consagrados en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, adoptada en Cartagena de Indias, Colombia, el 9 de diciembre de 1985
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Solicitud de medidas cautelares de protección